Martes, febrero 15 2011 19: 00

Organización Internacional del Trabajo

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La OIT es una de las 18 agencias especializadas de las Naciones Unidas. Es la organización internacional más antigua dentro de la familia de las Naciones Unidas y fue fundada por la Conferencia de Paz de Versalles en 1919 después de la Primera Guerra Mundial.

Fundación de la OIT

Históricamente, la OIT es la consecuencia del pensamiento social del siglo XIX. Las condiciones de los trabajadores a raíz de la revolución industrial fueron vistas cada vez más como intolerables por economistas y sociólogos. Los reformadores sociales creían que cualquier país o industria que introdujera medidas para mejorar las condiciones de trabajo aumentaría el costo de la mano de obra, lo que la colocaría en desventaja económica en comparación con otros países o industrias. Es por eso que trabajaron con tanta perseverancia para persuadir a las potencias de Europa para que hicieran mejores condiciones de trabajo y menos horas de trabajo el tema de los acuerdos internacionales. Después de 19 se realizaron tres conferencias internacionales sobre el tema: la primera fue convocada conjuntamente por el emperador alemán y el Papa en Berlín en 1890; otra conferencia celebrada en 1890 en Bruselas fue estimulada por las autoridades belgas; y una tercera, celebrada en 1897 en Berna, Suiza, adoptó por primera vez dos acuerdos internacionales sobre el uso del fósforo blanco (fabricación de fósforos) y sobre la prohibición del trabajo nocturno de las mujeres en la industria. Como la Primera Guerra Mundial había impedido cualquier actividad posterior sobre la internacionalización de las condiciones laborales, la Conferencia de Paz de Versalles, en su intención de erradicar las causas de la guerra futura, retomó los objetivos de las actividades anteriores a la guerra y estableció una Comisión sobre Internacional Legislacion laboral. La propuesta elaborada de la Comisión sobre el establecimiento de un organismo internacional para la protección de los trabajadores se convirtió en la Parte XIII del Tratado de Versalles; hasta el día de hoy, sigue siendo la carta bajo la cual opera la OIT.

La primera Conferencia Internacional del Trabajo se realizó en Washington DC, en octubre de 1919; la Secretaría Permanente de la Organización, la Oficina Internacional del Trabajo, se instaló en Ginebra, Suiza.

La Constitución de la Organización Internacional del Trabajo

La paz permanente en todo el mundo, la justicia y la humanidad fueron y son las motivaciones de la Organización Internacional del Trabajo, mejor expresadas en el Preámbulo de la Constitución. Se lee:

Considerando que la paz universal y duradera sólo puede establecerse si se basa en la justicia social;

Y considerando que existen condiciones de trabajo que implican tanta injusticia, privaciones y privaciones para un gran número de personas que producen un malestar tan grande que la paz y la armonía del mundo están en peligro; y se requiere con urgencia una mejora de esas condiciones, como por ejemplo, mediante

    • la regulación de las horas de trabajo, incluido el establecimiento de un día y semana máximos de trabajo,
    • la regulación de la oferta laboral,
    • la prevención del desempleo,
    • la provisión de un salario digno adecuado,
    • la protección del trabajador contra enfermedades, dolencias y lesiones derivadas de su empleo,
    • la protección de los niños, los jóvenes y las mujeres,
    • la provisión para la vejez y las lesiones,
    • la protección de los intereses de los trabajadores cuando estén empleados en países distintos al suyo propio,
    • el reconocimiento del principio de igual remuneración por trabajo de igual valor,
    • el reconocimiento del principio de libertad sindical,
    • la organización de la educación técnica y profesional y otras medidas;

                         

                        Considerando que también el fracaso de cualquier nación en adoptar condiciones humanas de trabajo es un obstáculo en el camino de otras naciones que desean mejorar las condiciones en sus propios países;

                        Las Altas Partes Contratantes, movidas por sentimientos de justicia y humanidad, así como por el deseo de asegurar la paz permanente del mundo, y con miras a alcanzar los objetivos enunciados en este Preámbulo, acuerdan la siguiente Constitución de la Organización Internacional del Trabajo Organización. …”

                        Los objetivos y propósitos de la Organización Internacional del Trabajo en una forma modernizada están incorporados en la Declaración de Filadelfia, adoptada en 1944 en la Conferencia Internacional del Trabajo en Filadelfia, EE. UU. La Declaración es ahora un Anexo a la Constitución de la OIT. Proclama el derecho de todos los seres humanos “a perseguir tanto su bienestar material como su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y de igualdad de oportunidades”. Afirma además que “la pobreza en cualquier parte constituye un peligro para la prosperidad en todas partes”.

                        La tarea de la OIT, tal como se determina en el artículo 1 de la Constitución, es la promoción de los objetivos establecidos en el Preámbulo y en la Declaración de Filadelfia.

                        La Organización Internacional del Trabajo y su Estructura

                        La Organización Internacional del Trabajo (OIT) está compuesta por 173 Estados. Cualquier miembro de las Naciones Unidas puede convertirse en miembro de la OIT comunicando al Director General de la OIT su aceptación formal de las obligaciones de la Constitución. Los Estados no miembros de la ONU pueden ser admitidos por votación de la Conferencia Internacional del Trabajo (Suiza es miembro de la OIT, pero no de la ONU) (Constitución, Artículo 1). La representación de los Estados Miembros en la OIT tiene una estructura que es única dentro de la familia de las Naciones Unidas. En la ONU y en todas las demás agencias especializadas de la ONU, la representación es solo por personal gubernamental: ministros, sus adjuntos o representantes autorizados. Sin embargo, en la OIT los grupos de la sociedad interesados ​​forman parte de la representación de los Estados miembros. Los representantes están compuestos por delegados gubernamentales, generalmente del ministerio de trabajo, y delegados representantes de los empleadores y trabajadores de cada uno de los miembros (Constitución, artículo 3). Este es el concepto fundamental de tripartismo de la OIT.

                        La Organización Internacional del Trabajo está compuesta por:

                          • la Conferencia Internacional del Trabajo, una conferencia anual de representantes de todos los miembros
                          • el Consejo de Administración, integrado por 28 representantes gubernamentales, 14 representantes de los empleadores y 14 representantes de los trabajadores
                          • la Oficina Internacional del Trabajo, la secretaría permanente de la organización, que está controlada por el Consejo de Administración.

                               

                              La Conferencia Internacional del Trabajo, también llamada Parlamento Mundial del Trabajo, se reúne periódicamente en junio de cada año con unos 2,000 participantes, delegados y asesores. La agenda de la Conferencia incluye la discusión y adopción de acuerdos internacionales (Convenios y Recomendaciones de la OIT), la deliberación de temas laborales especiales para enmarcar políticas futuras, la adopción de Resoluciones dirigidas a la acción en los Estados Miembros e instrucciones al Director- General de la Organización sobre la acción de la Oficina, una discusión general e intercambio de información y, cada dos años, la adopción de un programa y presupuesto bienal para la Oficina Internacional del Trabajo.

                              El Consejo de Administración es el enlace entre la Conferencia Internacional del Trabajo de todos los Estados miembros y la Oficina Internacional del Trabajo. En tres reuniones al año, el Consejo de Administración ejerce su control sobre la Oficina examinando el progreso del trabajo, formulando instrucciones al Director General de la Oficina, adoptando los resultados de la actividad de la Oficina, como códigos de práctica, supervisando y orientando los asuntos financieros, y preparar las agendas de las futuras Conferencias Internacionales del Trabajo. La membresía del Cuerpo Gobernante está sujeta a elección por un período de tres años por parte de los tres grupos de Representantes de la Conferencia: gobiernos, empleadores y trabajadores. Diez miembros gubernamentales del Consejo de Administración son miembros permanentes como representantes de Estados de gran importancia industrial.

                              tripartismo

                              Todos los mecanismos de toma de decisiones de la OIT siguen una estructura única. Todas las decisiones de la representación de los miembros son tomadas por los tres grupos de representantes, a saber, por los representantes gubernamentales, los representantes de los empleadores y los representantes de los trabajadores de cada Estado miembro. Las decisiones sobre el fondo del trabajo en los Comités de la Conferencia sobre Convenios y Recomendaciones Internacionales, en la Reunión de Expertos en Códigos de Práctica y en los Comités Consultivos sobre conclusiones relativas a las futuras condiciones laborales, son tomadas por los miembros de los Comités, de los cuales uno- un tercio representa a los gobiernos, un tercio representa a los empleadores y un tercio representa a los trabajadores. Todas las decisiones políticas, financieras y estructurales son tomadas por la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) o el Consejo de Administración, en el que el 50 % del poder de voto recae en los representantes gubernamentales (dos por Estado miembro en la Conferencia), el 25 % en los representantes de los empleadores , y el 25% con los representantes de los trabajadores (uno por cada grupo de un Estado miembro en la Conferencia). Las contribuciones financieras a la Organización son pagadas únicamente por los gobiernos, no por los dos grupos no gubernamentales; por esta razón, sólo los gobiernos integran el Comité de Finanzas.

                              Las Convenciones

                              La Conferencia Internacional del Trabajo desde 1919 hasta 1995 adoptó 176 Convenios y 183 Recomendaciones.

                              Unos 74 de los convenios se ocupan de las condiciones de trabajo, de los cuales 47 se refieren a las condiciones generales de trabajo y 27 a la seguridad y la salud en sentido estricto.

                              Los temas de los convenios sobre condiciones generales de trabajo son: horas de trabajo; edad mínima de admisión al empleo (trabajo infantil); trabajo nocturno; examen médico de los trabajadores; protección de la maternidad; responsabilidades familiares y trabajo; y trabajo a tiempo parcial. Además, también son relevantes para la salud y la seguridad los convenios de la OIT destinados a eliminar la discriminación contra los trabajadores por diversos motivos (p. ej., raza, sexo, discapacidad), protegerlos de despidos improcedentes e indemnizarlos en caso de lesiones o enfermedades profesionales.

                              De los 27 convenios sobre seguridad y salud, 18 se adoptaron después de 1960 (cuando la descolonización condujo a un gran aumento del número de miembros de la OIT) y solo nueve entre 1919 y 1959. El convenio más ratificado de este grupo es el Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. . 81), que ha sido ratificado por más de 100 Estados Miembros de la OIT (su corolario para la agricultura ha sido ratificado por 33 países).

                              Un alto número de ratificaciones puede ser un indicador del compromiso para mejorar las condiciones de trabajo. Por ejemplo, Finlandia, Noruega y Suecia, que son famosos por su historial de seguridad y salud y que son el escaparate mundial de las prácticas de seguridad y salud, han ratificado casi todos los convenios en este campo adoptados después de 1960.

                              Los convenios sobre la inspección del trabajo se complementan con otras dos normas básicas, el Convenio sobre seguridad y salud en el trabajo, 1981 (núm. 155) y el Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo, 1985 (núm. 161).

                              El Convenio de Seguridad y Salud en el Trabajo establece el marco para una concepción nacional de la seguridad y la salud constituyendo un modelo de lo que debe contener la legislación de seguridad y salud de un país. La directiva marco de la UE sobre seguridad y salud sigue la estructura y contenidos del Convenio de la OIT. La directiva de la UE tiene que ser transpuesta a la legislación nacional por los 15 miembros de la UE.

                              El Convenio sobre los servicios de salud en el trabajo trata de la estructura operativa dentro de las empresas para la aplicación de la legislación sobre seguridad y salud en las empresas.

                              Se han adoptado varios convenios sobre ramas de actividad económica o sustancias peligrosas. Estos incluyen el Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176); el Convenio sobre seguridad y salud en la construcción, 1988 (núm. 167); el Convenio sobre seguridad y salud en el trabajo (trabajo portuario), 1979 (núm. 152); el Convenio sobre el plomo blanco (pintura), 1921 (núm. 13); el Convenio sobre el benceno, 1971 (núm. 136); el Convenio sobre el amianto, 1986 (núm. 162); el Convenio sobre los productos químicos, 1990 (núm. 170); y el Convenio sobre la prevención de accidentes industriales mayores, 1993 (núm. 174).

                              Asociadas a estas normas están: el Convenio sobre el medio ambiente de trabajo, 1977 (núm. 148) (Protección de los trabajadores contra los riesgos profesionales en el medio ambiente de trabajo debido a la contaminación del aire, el ruido y las vibraciones); el Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139); y la lista de enfermedades profesionales que forma parte del Convenio sobre las prestaciones por accidentes del trabajo, 1964 (núm. 121). La última revisión de la lista fue adoptada por la Conferencia en 1980 y se analiza en el Capítulo Compensación al Trabajador, Temas en.

                              Otros convenios sobre seguridad y salud son: el Convenio sobre el marcado del peso, 1929 (núm. 27); el Convenio sobre el peso máximo, 1967 (núm. 127); el Convenio sobre protección radiológica, 1960 (núm. 115); el Convenio sobre la protección de la maquinaria, 1963 (núm. 119); y el Convenio sobre higiene (comercio y oficinas), 1964 (núm. 120).

                              Durante el período inicial de la OIT, se adoptaron recomendaciones en lugar de convenios, como la prevención del ántrax, el fósforo blanco y el envenenamiento por plomo. Sin embargo, en tiempos recientes, las recomendaciones han tendido a complementar un convenio al especificar detalles sobre la implementación de sus disposiciones.

                              Contenido de los convenios sobre seguridad y salud

                              La estructura y el contenido de los convenios sobre seguridad y salud siguen un patrón general:

                                • alcance y definiciones
                                • obligaciones de los gobiernos
                                • consulta con las organizaciones de trabajadores y de empleadores
                                • obligaciones de los empleadores
                                • deberes de los trabajadores
                                • derechos de los trabajadores
                                • inspecciones
                                • multas
                                • disposiciones finales (sobre condiciones de entrada en vigor, registros de ratificaciones y denuncias).

                                                 

                                                Un convenio prescribe la tarea del gobierno o de las autoridades gubernamentales en la regulación de la materia, destaca las obligaciones de los propietarios de empresas, especifica el papel de los trabajadores y sus organizaciones a través de deberes y derechos, y concluye con disposiciones para la inspección y la acción contra la violación de la ley. Por supuesto, el Convenio debe determinar su ámbito de aplicación, incluidas las posibles exenciones y exclusiones.

                                                Diseño de convenios sobre seguridad y salud en el trabajo

                                                El preámbulo

                                                Cada Convenio está encabezado por un preámbulo que hace referencia a las fechas y el punto del orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo; otras Convenciones y documentos relacionados con el tema, inquietudes sobre el tema que justifica la acción; causas subyacentes; cooperación con otras organizaciones internacionales como la OMS y el PNUMA; la forma del instrumento internacional como convenio o recomendación, y la fecha de adopción y citación del convenio.

                                                Lo que hacemos

                                                La redacción del alcance se rige por la flexibilidad hacia la implementación de una Convención. El principio rector es que el Convenio se aplica a todos los trabajadores y ramas de actividad económica. Sin embargo, para facilitar la ratificación del Convenio por parte de todos los Estados miembros, el principio rector suele complementarse con la posibilidad de una no aplicación parcial o total en varios campos de actividad. Un Estado miembro podrá excluir determinadas ramas de actividad económica o determinadas empresas respecto de las cuales surjan problemas especiales de carácter sustancial a raíz de la aplicación de determinadas disposiciones o del Convenio en su conjunto. El alcance también puede prever la implementación paso a paso de las disposiciones para tener en cuenta las condiciones existentes en un país. Estas exclusiones reflejan también la disponibilidad de recursos nacionales para la implementación de nueva legislación nacional sobre seguridad y salud. Las condiciones generales de exclusión son que se establezca un entorno de trabajo seguro y saludable por medios alternativos y que cualquier decisión de exclusión esté sujeta a consulta con los empleadores y los trabajadores. El alcance también incluye definiciones de términos utilizados en la redacción del instrumento internacional, como ramas de actividad económica, trabajadores, lugar de trabajo, empleador, regulación, representante de los trabajadores, salud, producto químico peligroso, instalación de riesgo mayor, informe de seguridad, etc.

                                                Obligaciones de los gobiernos

                                                Los convenios sobre seguridad y salud establecen como primer módulo la tarea de un gobierno de elaborar, implementar y revisar una política nacional relacionada con los contenidos del Convenio. Las organizaciones de empleadores y de trabajadores deben participar en el establecimiento de la política y la especificación de fines y objetivos. El segundo módulo se refiere a la promulgación de leyes o reglamentos que dan efecto a las disposiciones del Convenio y la aplicación de la ley, incluido el empleo de personal calificado y la prestación de apoyo al personal para los servicios de inspección y asesoramiento. De conformidad con los artículos 19 y 22 de la Constitución de la OIT, los gobiernos también están obligados a informar periódicamente o previa solicitud a la Oficina Internacional del Trabajo sobre la práctica de aplicación del Convenio y la Recomendación. Estas obligaciones son la base de los procedimientos de control de la OIT.

                                                Consultas con organizaciones de empleadores y de trabajadores

                                                Es indudable la importancia del involucramiento de quienes están directamente relacionados con la implementación de las normas y las consecuencias de los accidentes. La práctica exitosa de seguridad y salud se basa en la colaboración y en la incorporación de la opinión y buena voluntad de las personas involucradas. Por lo tanto, un convenio establece que las autoridades gubernamentales deben consultar a los empleadores y trabajadores cuando consideren la exclusión de instalaciones de la legislación para la implementación paso a paso de las disposiciones y en el desarrollo de una política nacional sobre el tema del Convenio.

                                                Obligaciones de los empleadores

                                                La responsabilidad de la ejecución de los requisitos legales dentro de una empresa recae en el propietario de una empresa o su representante. Los derechos legales sobre la participación de los trabajadores en el proceso de toma de decisiones no alteran la responsabilidad principal del empleador. Las obligaciones de los empleadores establecidas en los convenios incluyen la provisión de procedimientos de trabajo seguros y saludables; la compra de maquinaria y equipo seguro; el uso de sustancias no peligrosas en los procesos de trabajo; el control y la evaluación de sustancias químicas en el aire en el lugar de trabajo; la prestación de servicios de vigilancia de la salud de los trabajadores y de primeros auxilios; la notificación de accidentes y enfermedades a la autoridad competente; la formación de los trabajadores; el suministro de información sobre los riesgos relacionados con el trabajo y su prevención; cooperación en el cumplimiento de sus responsabilidades con los trabajadores y sus representantes.

                                                Deberes de los trabajadores

                                                Desde la década de 1980, los convenios han establecido que los trabajadores tienen el deber de cooperar con sus empleadores en la aplicación de medidas de seguridad y salud y de cumplir con todos los procedimientos y prácticas relacionados con la seguridad y la salud en el trabajo. El deber de los trabajadores puede incluir el informar a los supervisores de cualquier situación que pueda presentar un riesgo especial, o el hecho de que un trabajador se haya retirado del lugar de trabajo en caso de peligro inminente y grave para su vida o su salud.

                                                Derechos de los trabajadores

                                                En los convenios de la OIT sobre seguridad y salud se ha establecido una variedad de derechos especiales de los trabajadores. En general, un trabajador tiene derecho a la información sobre condiciones de trabajo peligrosas, sobre la identidad de los productos químicos utilizados en el trabajo y sobre las hojas de datos de seguridad química; el derecho a ser capacitado en prácticas laborales seguras; el derecho a la consulta por parte del empleador sobre todos los aspectos de seguridad y salud relacionados con el trabajo; y el derecho a someterse a vigilancia médica gratuita y sin pérdida de ingresos. Algunos de estos Convenios también reconocen los derechos de los representantes de los trabajadores, en particular en materia de consulta e información. Estos derechos se ven reforzados por otros convenios de la OIT sobre libertad sindical, negociación colectiva, representación de los trabajadores y protección contra el despido.

                                                Artículos específicos de convenios adoptados en 1981 y posteriores tratan del derecho del trabajador a alejarse del peligro en su lugar de trabajo. Un Convenio de 1993 (Prevención de accidentes industriales mayores, 1993 (núm. 174)) reconoció el derecho del trabajador a notificar a la autoridad competente los peligros potenciales que pueden generar un accidente importante.

                                                Inspección

                                                Los convenios sobre seguridad y salud expresan la necesidad de que el gobierno proporcione servicios de inspección apropiados para supervisar la aplicación de las medidas tomadas para implementar el Convenio. El requisito de inspección se complementa con la obligación de dotar a los servicios de inspección de los medios necesarios para el cumplimiento de su cometido.

                                                Multas

                                                Los convenios sobre seguridad y salud a menudo exigen una regulación nacional con respecto a la imposición de sanciones en caso de incumplimiento de las obligaciones legales. El artículo 9 (2) del Convenio marco sobre seguridad y salud en el trabajo, 1981 (núm. 155) establece: “El sistema de aplicación preverá sanciones adecuadas para las infracciones de las leyes y reglamentos”. Estas sanciones pueden ser de carácter administrativo, civil o penal.

                                                Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81)

                                                El Convenio sobre la inspección del trabajo de 1947 (núm. 81) insta a los Estados a mantener un sistema de inspección del trabajo en los lugares de trabajo industriales. Fija las obligaciones del gobierno con respecto a la inspección y establece los derechos, deberes y poderes de los inspectores. Este instrumento se complementa con dos Recomendaciones (núms. 81 y 82) y con el Protocolo de 1995, que amplía su ámbito de aplicación al sector de los servicios no comerciales (como el servicio público y las empresas estatales). El Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm. 129), contiene disposiciones muy similares al Convenio núm. 81 para el sector agrícola. Los convenios y recomendaciones marítimos de la OIT también abordan la inspección de las condiciones de trabajo y de vida de la gente de mar.

                                                El gobierno debe establecer un cuerpo calificado e independiente de inspectores en número suficiente. La inspección debe estar totalmente equipada para prestar buenos servicios. La provisión legal de sanciones por violación de las normas de seguridad y salud es una obligación del gobierno. Los inspectores tienen el deber de hacer cumplir los requisitos legales y proporcionar información técnica y asesoramiento a los empleadores y trabajadores sobre los medios efectivos para cumplir con las disposiciones legales.

                                                Los inspectores deben informar las lagunas en las reglamentaciones a las autoridades y presentar informes anuales sobre su trabajo. Se pide a los gobiernos que compilen informes anuales con estadísticas sobre las inspecciones realizadas.

                                                Se establecen derechos y facultades de los inspectores, tales como el derecho a ingresar a los lugares de trabajo y locales, a realizar exámenes y pruebas, a iniciar medidas correctivas, a dictar órdenes de alteración de la instalación y de ejecución inmediata. También tienen derecho a emitir citaciones e iniciar procedimientos judiciales en caso de violación de los deberes del empleador.

                                                El Convenio contiene disposiciones sobre la conducta de los inspectores, como no tener ningún interés financiero en las empresas bajo supervisión, no revelar secretos comerciales y, de particular importancia, la confidencialidad en caso de quejas de los trabajadores, lo que significa no dar pistas al empleador sobre la identidad del denunciante.

                                                Promoción del desarrollo progresivo por convenios

                                                El trabajo sobre convenios trata de reflejar la ley y la práctica en los Estados Miembros de la Organización. Sin embargo, hay casos en los que se introducen nuevos elementos que hasta el momento no han sido objeto de una regulación nacional generalizada. La iniciativa puede provenir de los delegados, durante la discusión de una norma en una Comisión de Conferencia; cuando esté justificado, podrá ser propuesto por la Oficina en el anteproyecto de un nuevo instrumento. Aquí hay dos ejemplos:

                                                (1) El derecho de un trabajador a retirarse del trabajo que represente un peligro inminente y grave para su vida o su salud.

                                                Normalmente la gente considera que es un derecho natural abandonar un lugar de trabajo en caso de peligro para la vida. Sin embargo, esta acción puede causar daños a los materiales, la maquinaria o los productos y, en ocasiones, puede resultar muy costosa. A medida que las instalaciones se vuelven más sofisticadas y costosas, se puede culpar al trabajador por haberse retirado innecesariamente, con el intento de responsabilizarlo por los daños. Durante la discusión en una Comisión de la Conferencia sobre el Convenio de Seguridad y Salud, se hizo una propuesta para proteger al trabajador contra recurso en tales casos. El Comité de la Conferencia consideró la propuesta de horas y finalmente encontró una redacción para proteger al trabajador que fue aceptable para la mayoría del Comité.

                                                El artículo 13 del Convenio núm. 155 reza así: “El trabajador que se haya retirado por sí mismo de una situación de trabajo en la que tenga motivos razonables para creer que presenta un peligro inminente y grave para su vida o su salud estará protegido contra consecuencias indebidas de conformidad con las condiciones nacionales y practica". Las “consecuencias indebidas” incluyen, por supuesto, el despido y la acción disciplinaria, así como la responsabilidad. Varios años después, la situación fue reconsiderada en un nuevo contexto. Durante las discusiones en la Conferencia del Convenio de la Construcción en 1987-88, el grupo de trabajadores presentó una enmienda para introducir el derecho de un trabajador a retirarse en caso de peligro inminente y grave. La propuesta fue finalmente aceptada por la mayoría de los miembros del Comité con la condición de que se combinara con el deber del trabajador de informar inmediatamente a su supervisor sobre la acción.

                                                La misma disposición se introdujo en el Convenio sobre los productos químicos, 1990 (núm. 170); se incluye un texto similar en el Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176). Esto significa que los países que han ratificado el Convenio sobre seguridad y salud o el Convenio sobre la construcción, la seguridad química o la seguridad y salud en las minas deben prever en la legislación nacional el derecho de un trabajador a retirarse por sí mismo y a ser protegido contra “consecuencias indebidas”. ”. Probablemente, tarde o temprano, esto conducirá a la aplicación de este derecho para los trabajadores en todos los sectores de actividad económica. Este derecho recientemente reconocido para los trabajadores se ha incorporado mientras tanto en la Directiva básica de la UE sobre organización de la seguridad y la salud de 1989; todos los Estados miembros de la UE debían haber incorporado el derecho en su legislación a finales de 1992.

                                                (2) El derecho de un trabajador a someterse a un examen médico en lugar de los exámenes médicos obligatorios.

                                                Durante muchos años, la legislación nacional exigía exámenes médicos para los trabajadores en ocupaciones especiales como requisito previo para la asignación o continuación del trabajo. Con el tiempo, se prescribió una larga lista de exámenes médicos obligatorios antes de la asignación y a intervalos periódicos. Sin embargo, esta intención bien intencionada se está convirtiendo cada vez más en una carga, ya que puede haber demasiados exámenes médicos administrados a una sola persona. Si los exámenes se registran en un pasaporte de salud de un trabajador como testimonio vitalicio de mala salud, como se practica en algunos países, el examen médico al final podría convertirse en una herramienta de selección para el desempleo. Es posible que un trabajador joven que haya registrado una larga lista de exámenes médicos en su vida debido a la exposición a sustancias peligrosas no encuentre un empleador dispuesto a darle un trabajo. La duda puede ser demasiado fuerte de que este trabajador tarde o temprano tarde o temprano se ausentará con demasiada frecuencia debido a una enfermedad.

                                                Una segunda consideración ha sido que cualquier examen médico es una intrusión en la vida privada de una persona y por lo tanto debe ser el trabajador quien decida sobre los procedimientos médicos.

                                                La Oficina Internacional del Trabajo propuso, por lo tanto, introducir en el Convenio sobre el trabajo nocturno, 1990 (núm. 171) el derecho de un trabajador a someterse a un examen médico en lugar de exigir la vigilancia obligatoria. Esta idea obtuvo un amplio apoyo y finalmente se reflejó en el artículo 4 del Convenio sobre el trabajo nocturno de la Conferencia Internacional del Trabajo en 1990, que dice:

                                                1. Si así lo solicitan, los trabajadores tendrán derecho a someterse a una evaluación de salud gratuita y a recibir asesoramiento sobre cómo reducir o evitar los problemas de salud relacionados con su trabajo: a) antes de asumir una misión como trabajador nocturno; (b) a intervalos regulares durante dicha asignación; (c) si experimentan problemas de salud durante dicha asignación que no sean causados ​​por factores distintos del desempeño del trabajo nocturno.

                                                2. Con excepción de la declaración de inhabilitación para el trabajo nocturno, los resultados de tales evaluaciones no se transmitirán a otros sin el consentimiento del trabajador y no se utilizarán en su detrimento.

                                                Para muchos profesionales de la salud es difícil seguir esta nueva concepción. Sin embargo, deben darse cuenta de que el derecho de una persona a determinar si debe someterse a un examen médico es una expresión de las nociones contemporáneas de derechos humanos. La disposición ya ha sido recogida por la legislación nacional, por ejemplo, en la Ley sobre el tiempo de trabajo de 1994 en Alemania, que hace referencia al Convenio. Y lo que es más importante, la Directiva marco de la UE sobre seguridad y salud sigue este modelo en sus disposiciones sobre vigilancia de la salud.

                                                Funciones de la Oficina Internacional del Trabajo

                                                Las funciones de la Oficina Internacional del Trabajo establecidas en el artículo 10 de la Constitución incluyen la recopilación y distribución de información sobre todos los temas relacionados con el ajuste internacional de las condiciones de vida industrial y laboral, con especial énfasis en las futuras normas internacionales del trabajo, la preparación de documentos sobre los diversos puntos de la agenda de la reunión de la CIT (en especial los trabajos preparatorios sobre contenidos y redacción de Convenios y Recomendaciones), la prestación de servicios de asesoramiento a gobiernos, organizaciones de empleadores y organizaciones de trabajadores de los Estados miembros en materia laboral la legislación y la práctica administrativa, incluidos los sistemas de inspección, y la edición y difusión de publicaciones de interés internacional que traten de problemas de la industria y el empleo.

                                                Como cualquier ministerio de trabajo, la Oficina Internacional del Trabajo está compuesta por oficinas, departamentos y sucursales que se ocupan de los diversos campos de la política laboral. Se establecieron dos institutos especiales para apoyar a la Oficina ya los Estados Miembros: el Instituto Internacional de Estudios Laborales en la sede de la OIT y el Centro Internacional de Formación de la OIT en Turín, Italia.

                                                Un Director General, elegido por el Consejo de Administración por un período de cinco años, y tres Directores Generales Adjuntos, designados por el Director General, gobiernan (desde 1996) 13 departamentos; 11 oficinas en la sede en Ginebra, Suiza; dos oficinas de enlace con organizaciones internacionales; cinco departamentos regionales, en África, las Américas, Asia y el Pacífico, los Estados Árabes y Europa, con 35 oficinas de área y sucursales y 13 equipos multidisciplinarios (un grupo de profesionales de diversas disciplinas que brindan servicios de asesoramiento en los Estados Miembros de una subregión).

                                                El Departamento de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo es el Departamento en el que se desarrolla el grueso de las labores de seguridad y salud. Comprende una plantilla de unos 70 profesionales y personal de servicios generales de 25 nacionalidades, incluidos expertos profesionales en los equipos multidisciplinares. A partir de 1996, cuenta con dos ramas: la Rama de Condiciones de Trabajo e Instalaciones Previsionales (CONDI/T) y la Rama de Seguridad y Salud en el Trabajo (SEC/HYG).

                                                La Sección de Servicios de Información sobre Seguridad y Salud de SEC/HYG mantiene el Centro Internacional de Información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo (CIS) y la Sección de Sistemas de Apoyo a la Información sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. El trabajo en esta edición del Enciclopedia se encuentra en la Sección de Sistemas de Apoyo.

                                                En 1991 se estableció una unidad especial del Departamento: el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC). El nuevo programa ejecuta, junto con los Estados miembros de todas las regiones del mundo, programas nacionales de actividad contra el trabajo infantil. El programa se financia con contribuciones especiales de varios Estados miembros, como Alemania, España, Australia, Bélgica, Estados Unidos, Francia y Noruega.

                                                Además, en el curso de la revisión del principal programa de seguridad y salud de la OIT establecido en la década de 1970, el Programa Internacional para la Mejora de las Condiciones de Trabajo y el Medio Ambiente—conocido por sus siglas en francés PIACT—la Conferencia Internacional del Trabajo adoptó en 1984 el Resolución PIACT. En principio, la Resolución constituye un marco de operación para toda acción de la OIT y de los Estados Miembros de la Organización en el campo de la seguridad y la salud:

                                                  • El trabajo debe llevarse a cabo en un ambiente de trabajo seguro y saludable.
                                                  • Las condiciones de trabajo deben ser compatibles con el bienestar y la dignidad humana de los trabajadores.
                                                  • El trabajo debe ofrecer posibilidades reales de realización personal, autorrealización y servicio a la sociedad.

                                                       

                                                      Las publicaciones relativas a la salud de los trabajadores se publican en la Serie de Seguridad y Salud en el Trabajo, tales como Límites de exposición ocupacional para sustancias tóxicas en el aire, una lista de los límites de exposición nacionales de 15 Estados miembros; o el Directorio internacional de servicios e instituciones de seguridad y salud en el trabajo, que recopila información sobre las administraciones de seguridad y salud de los Estados miembros; o Protección de los trabajadores contra campos eléctricos y magnéticos de frecuencia industrial, una guía práctica para brindar información sobre los posibles efectos de los campos eléctricos y magnéticos en la salud humana y sobre procedimientos para estándares más altos de seguridad.

                                                      Los productos típicos del trabajo de seguridad y salud de la OIT son los repertorios de recomendaciones prácticas, que constituyen una especie de conjunto modelo de normas sobre seguridad y salud en muchos campos del trabajo industrial. Estos códigos a menudo se elaboran para facilitar la ratificación y aplicación de los convenios de la OIT. por ejemplo, el Código de buenas prácticas sobre prevención de accidentes industriales mayores, cuyo objetivo es orientar en el establecimiento de un sistema administrativo, legal y técnico para el control de las instalaciones de riesgo mayor con el fin de evitar desastres mayores. Él Código de prácticas sobre registro y notificación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales tiene como objetivo una práctica armonizada en la recopilación de datos y el establecimiento de estadísticas sobre accidentes y enfermedades y eventos y circunstancias asociados para estimular la acción preventiva y facilitar el trabajo comparativo entre los Estados miembros (estos son solo dos ejemplos de una larga lista). Dentro del campo del intercambio de información, el Servicio de Seguridad y Salud de la OIT organiza dos eventos importantes: el Congreso Mundial sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y la Conferencia Internacional sobre Neumoconiosis de la OIT (que ahora se llama Conferencia Internacional sobre Enfermedades Respiratorias Ocupacionales).

                                                      El Congreso Mundial se organiza cada tres o cuatro años conjuntamente con la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS) y una organización nacional de seguridad y salud en uno de los Estados Miembros de la OIT. Los congresos mundiales se han celebrado desde la década de 1950. En estos congresos se reúnen entre 2,000 y 3,000 expertos de más de 100 países para intercambiar información sobre buenas prácticas en seguridad y salud y sobre tendencias modernas, y establecer relaciones con colegas de otros países y otras partes del mundo.

                                                      La Conferencia de Neumoconiosis ha sido organizada por la OIT desde la década de 1930; el próximo está planeado para 1997 en Kioto, Japón. Uno de los resultados sobresalientes de estas conferencias es la Clasificación Internacional de Radiografías de Neumoconiosis de la OIT.

                                                      La cooperación técnica de la OIT en el campo de la seguridad y la salud tiene muchas facetas. Varios proyectos ayudaron a los Estados Miembros a preparar nueva legislación sobre seguridad y salud ya fortalecer sus servicios de inspección. En otros países se ha apoyado la creación de institutos de seguridad y salud con el fin de promover trabajos de investigación y desarrollar programas y actividades de capacitación. Se diseñaron y ejecutaron proyectos especiales sobre seguridad minera y seguridad química, incluyendo el establecimiento de sistemas de control de riesgos mayores. Estos proyectos pueden estar dirigidos a un Estado miembro oa un grupo regional de países. Las tareas en la sede de la OIT incluyen la evaluación de necesidades, el desarrollo y diseño de proyectos, la identificación de apoyo financiero de fondos internacionales y programas nacionales de ayuda, la selección y provisión de conocimientos técnicos, la adquisición de equipos y la planificación, y la organización y ejecución de viajes de estudio y programas de becas.

                                                      El establecimiento de normas, la investigación, la recopilación y difusión de información y la cooperación técnica reflejan los brazos operativos de la OIT. En asociación activa con los miembros tripartitos de la Organización, estas actividades refuerzan la lucha por el objetivo de la justicia social y la paz en el mundo.

                                                      Es por eso que en 1969, en el 50 aniversario de la Organización, el trabajo y los logros de la Organización Internacional del Trabajo fueron galardonados con el Premio Nobel de la Paz.

                                                       

                                                       

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                                                      Leer 6490 veces Ultima modificacion el Martes, julio 26 2022 18: 47

                                                      " EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: La OIT no se responsabiliza por el contenido presentado en este portal web que se presente en un idioma que no sea el inglés, que es el idioma utilizado para la producción inicial y la revisión por pares del contenido original. Ciertas estadísticas no se han actualizado desde la producción de la 4ª edición de la Enciclopedia (1998)."

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